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La República de Guatemala es la economía más grande de Centroamérica, tiene un área geográfica de 108,889 Km.2, y una población de 12.3 Millones de habitantes. El 41% de la población es menor de 14 años, y el 55% de la población es económicamente activa (PEA); asimismo la tasa de crecimiento poblacional es del 2.4% anual. El PIB se estima en $ 27.4 Billones, con un crecimiento de 2.7%, con una inflación interanual del 7%; y el Ingreso per capita anual se estima es $2,190. La agricultura responde por una composición del 22.9% de la economía, la industria por el 18.9% y es sector de servicios por el 58.2%. Las exportaciones equivalen al 17% del PIB, y las importaciones al 31%. La inversión extranjera directa anual en Guatemala es de $ 154.7 Millones.
El Estado de Guatemala fomenta y promueve la inversión extranjera. Si la inversión extranjera se realiza en un sector de la economía nacional en la que exista una ley de carácter especial, el inversionista extranjero deberá observar los preceptos de la misma. Asimismo, el inversionista extranjero queda sujeto a todos los preceptos legales de observancia general en el territorio de la República de Guatemala, y gozará de los mismos derechos y de los medios de ejercerlos que las leyes otorgan a los inversionistas guatemaltecos. Se reconoce al inversionista extranjero el mismo tratamiento que el otorgado a los inversionistas nacionales en el desarrollo de sus actividades económicas, y por ende, goza de igualdad de condiciones frente a los inversionistas nacionales.
Todo acto discriminatorio en contra de un inversionista extranjero o su inversión, se encuentra prohíbido; independientemente del país de donde provenga. Únicamente se exceptúa de todo lo anterior, las limitaciones establecidas en la Constitución Política, en las leyes que regulen determinadas actividades económicas en forma específica, así como el tratamiento que pudiera darse a ciertas inversiones extranjeras derivado de obligaciones adquiridas por el Estado de Guatemala en tratados o convenios que tiendan a establecer uniones aduaneras y económicas, mercados comunes o áreas de libre comercio. El inversionista extranjero puede participar en el desarrollo de cualquier actividad económica lícita en el país, así como en cualquier proporción en el capital social de sociedades lucrativas organizadas de conformidad con la legislación guatemalteca. Se exceptúa de lo anterior únicamente cualquier requerimiento sobre capital social que debe ser aportado por personas individuales o jurídicas guatemaltecas, de conformidad con una ley que se aplique especialmente para el desarrollo de una actividad económica. Ningún funcionario ni empleado público podrá exigir el cumplimiento de requerimiento, condición o requisito alguno que no esté expresamente ordenado en ley.
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